Derechos

 

DERECHOS

Los niños con discapacidad múltiple tienen como prioridad estos tres primeros derechos:

  • Derecho a la educación: La Convención de los Derechos del Niño garantiza el derecho de todos los niños a una educación orientada a desarrollar sus personalidades y capacidades que los preparen para la vida adulta. En el caso de los niños con discapacidad, su educación será adaptada y favoreciendo la igualdad de condiciones y oportunidades.
  • Derecho al ocio: El derecho al ocio se reconoce en el Artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño. En el caso de los niños con discapacidad, los cuidadores y familiares están tan volcados en su asistencia que muchas veces olvidan que los niños deben jugar, divertirse y expresarse de forma artística.
  • Derecho a la libertad de expresión y opinión: Poder expresarse con libertad es un derecho de todas las personas, también de los niños con discapacidad. De acuerdo con el Artículo 12 de la CDN, dichos niños tienen derecho a expresar su opinión y a recibir información adaptada y veraz, así como a decidir sobre cuestiones que les afecten como, por ejemplo, su propia discapacidad.



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